Código Penal Artículo 229 ter Estado de Querétaro
Código Penal Querétaro
Artículo 229 ter.
Al que dolosamente realice una llamada dando aviso de una emergencia falsa, con el fin de provocar la movilización de cuerpos policíacos, de bomberos,
de la Cruz Roja Mexicana, de urgencias médicas o de protección civil, para atenderla, se le impondrá prisión de dos meses a dos años y de diez a cien días multa.
Las mismas penas se aplicarán al que permita utilizar su teléfono, a sabiendas de que se hará una llamada para dar un aviso de emergencia falsa, con los fines previstos en el párrafo anterior.
Este delito se perseguirá a petición del representante legal de cualquiera de las instituciones cuya movilización se pretenda realizar o se haya realizado, como consecuencia del aviso de emergencia.
Estado de Querétaro Artículo 229 ter Código Penal
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios